sábado, 3 de noviembre de 2012

El consentimiento al poder



El Barón de Montesquieu no se equivocaba al afirmar que el príncipe “no recibia sino una delegación restringida de autoridad por parte de sus gobernados, en aras de la utilidad publica, y que un abuso del poder por parte suya le traía como consecuencia el rompimiento del convenio que el pueblo le imponía, y ligaba a los sujetos de sus deberes de obediencia.”
Y es que el contrato social no es un acto de caridad por parte de los gobernantes, sino que es una responsabilidad y una delegación de funciones que se construye por parte de la población, sin cuyo reconocimiento, no hay legitimidad ni estabilidad dentro del estado.
El poder político que es percibido como legítimo será mayoritariamente obedecido, mientras que el percibido como ilegítimo será desobedecido, salvo que se obtenga obediencia por medio de la violencia del Estado.
La legitimidad política se podría entonces definir desde dos perspectivas: la de quien obedece y la de quien manda.
1.       Desde la perspectiva de quien obedece, será legítimo aquel gobierno que accede al poder (legitimidad de origen) y lo ejerce (legitimidad de ejercicio) cumpliendo los requisitos que los que obedecen creen que tiene que cumplir para mandar.
2.       Desde la perspectiva de quien manda, será legítimo aquel gobierno que accede al poder y lo ejerce haciendo ver a los que obedece que cumple los requisitos para mandar.
Fuentes:
1.       Teoría constitucional e instituciones políticas Vladimiro naranjo meza editorial TEMIS año 2006


Conformación del poder publico



1.       Dominación: Es la capacidad de ejercer coacción física por parte de los gobernantes, esta se presenta con mayor fuerza en los regímenes militares, y de dictadura, donde prima el poder de hecho, y esto sucede porque estos tipos de gobierno, deben buscar las maneras para prevenir alteraciones del orden público, o reprimir las insubordinaciones o resistencias, que se puedan presentar por parte de grupos que se encuentren en contra del gobierno.
2.       Competencia: es la capacidad para que los mandatos de la autoridad sean obedecidos sin necesidad de hacer uso de la fuerza, característico de un régimen democrático, que manifiesta un mayor nivel de aceptación por parte de la población.
Pero aun así, hay que tener en cuenta que ningún gobierno será duradero, si aplica en forma descontrolada uno de los dos elementos, ya que si hay un exceso en el uso de la coacción para hacer cumplir las órdenes, esto puede desembocar tarde o temprano en actos de rebelión en contra de quien detente el poder, ya que parte de lo pactado en el contrato social no se esta cumpliendo, pero si se hace uso de la competencia sin la dominación, puede presentarse el caso en que algunos grupos pretendan desconocer el poder, y se tomen el camino de las armas, por eso, todo gobierno democrático debe tener a su disposición, un aparato coercitivo, para controlar estas situaciones (fuerzas militares, cuerpo de policía, organismos de seguridad y sistema penitenciario).
También cabe recordar que estos son principios para definir el poder de hecho y el de derecho, y esto brinda la posibilidad de que el poder de hecho, si busca bases solidas, se vuelva un poder de derecho, como sucedió con el gobierno del general Gustavo Rojas Pinilla, que comenzó con un golpe de estado, y luego de implementar varias reformas sociales, entre las que se destacan el reconocimiento de los derechos políticos de la mujer, y de los indígenas.


Fuentes:
1.       Teoría constitucional e instituciones políticas Vladimiro naranjo meza editorial TEMIS año 2006
http://www.colombiaya.com/seccion-colombia/biografias-presidentes/gen-rojas-pinilla.pdf

Teorias Del Origen Del Poder Politico



Como todo, la fundamentación del poder, ha sufrido un proceso de evolución a través del tiempo, dependiendo de las corrientes de pensamiento en que este fundada la sociedad (es decir, el momento histórico) y este a su vez, es único e irrepetible espacio-temporalmente, ya que los procesos de avance y desarrollo son distintos en un estado del otro.
Las teorías que se manejaron, básicamente han sido tres, y estas son la contractual absolutista, la contractual liberal y la sociológica.
1.    Contractual absolutista: planteada por Hobbes, quien afirmaba que “el hombre es un lobo para el propio hombre”, y por su naturaleza autodestructiva, es necesario que este se someta totalmente ante una autoridad para que esta sea la que se encargue de crear un orden e imponerlo para crear una coexistencia pacífica, y el logro de los objetivos de esa sociedad.
2.    Contractual liberal: planteada por Jhon Loock y Juan Jacobo Rosseau, quienes afirman que contrario a Hobbes, el hombre es un ser social, que a través del ejercicio del intelecto, ha descubierto que solo se puede realizar completamente a través de la asociación, por lo tanto, eso los conlleva a crear una comunidad política, para así lograr sus fines y la felicidad final.
3.    Sociológica: Su principal exponente Marx quien manifiesta que el origen del poder político es el producto del carácter irreconciliable de las contradicciones de las diferentes clases sociales, ya que según Marx, la sociedad cuando llega a un alto desarrollo se enreda en una contradicción consigo misma que se manifiesta en los antagonismos de las clases sociales con los intereses económicos en pugna. Razón por la cual es necesario la creación de un aparato de orden social fundamentado en la coacción y la fuerza física el cual se encarga de mantener el orden y la armonía dentro de esa desigualdad. Ese aparato se llama estado y según esta teoría tiene un origen clasista.

Fuentes:
2.       Teoría constitucional e instituciones políticas Vladimiro naranjo meza editorial TEMIS año 2006

Generalidades poder publico



Bodenheimer nos explica que a nivel sociológico (que es el ámbito en el que se desarrolla este), el poder “es la capacidad de un individuo o grupo de llevar a la práctica su voluntad, incluso a  pesar de la resistencia de otros individuos o grupos”.
este concepto nos muestra entonces el avance a través del tiempo que ha tenido esta institución, desde el uso de la fuerza, por parte de las primeras formas de organización, pasando luego el poder a los sabios, a quienes demostraban con ideas su capacidad para dirigir a los grupos, hasta lo que hoy conocemos como instituciones, poder que esta radicado en el consentimiento que le brinda la mayoría de la población, por medio del tan mencionado contrato social, que no es más que ceder parte de nuestras libertades, para obtener por parte de estado al cual queremos pertenecer, unas garantías determinadas (es aquí cuando ponemos entonces en contrapeso lo que cedemos, contra lo que posiblemente ganemos)


fuentes:
1.       Teoría constitucional e instituciones políticas Vladimiro naranjo meza editorial TEMIS año 2006

Componentes Del Territorio



El artículo 101 de la constitución política de Colombia, nos presenta los componentes estructurales del territorio, y estos van desde los perceptibles por los sentidos (suelo, el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental, la zona económica exclusiva), hasta los virtuales (el espacio aéreo, el segmento de la órbita geoestacionaria, el espectro electromagnético y el espacio)
1.     Suelo: es esencial para el desarrollo de cualquier sociedad el establecerse sobre una superficie solida que le permita asegurar su supervivencia y su desarrollo, Vladimiro Naranjo proponía que “El suelo puede definirse como la porción de la superficie terrestre sobre la cual se asienta la población y se ejerce la soberanía del Estado.
2.     Subsuelo: se encuentra inmediatamente por debajo del suelo, se prolonga verticalmente en un cono, donde su vértice es el centro de la tierra, su importancia para el estado, es que en el se encuentran los elementos minerales, indispensables para el desarrollo económico de cualquier estado, elementos como el petróleo, el hierro o la hulla. Su propiedad es del estado, pero este (siendo un estado capitalista) entrega a exploración y explotación del subsuelo muchas veces a particulares, por medio de concesiones.
3.    Espacio Aéreo: es la atmosfera que cubre a todo estado, y su importancia deriva principalmente por razones de seguridad y estrategia, pero luego de muchos avances científicos y tecnológicos, también se ha permitido explotarlo para beneficio económico, no tiene límites identificados claramente, se permite a los aviones comerciales permear el espacio aéreo propio de cada país, teniendo en cuenta que cada estado es soberano de este (el espacio aéreo), y a los aviones militares se les permite también, pero solo con autorización expresa en cada caso.
      La órbita geoestacionaria y el espectro electromagnético, son componentes virtuales que también hacen parte del espacio aéreo, aunque la órbita geoestacionaria aun esta en discusión por parte de la comunidad mundial, países como Colombia, que se encuentran ubicados en ella, defienden esta como un recurso natural propio de cada país que se encuentre en esta línea imaginaria (con medidas de 150 Km  de ancho y 30 de espesor) al contrario de otros países que no se encuentran ubicados en ella, pero defienden que es espacio ultraterrestre, por lo tanto no es de propiedad de ningún estado. Y el espectro electromagnético, es el que permite las telecomunicaciones.
4.       Mar territorial y plataforma submarina: se considera mar territorial a la extensión de océanos que bordean las costas del suelo y del subsuelo de un estado, en Colombia, el límite del mar territorial está fijado con una extensión de 12 millas náuticas (aproximadamente de 22 Km) incluyendo dentro de esta la zona contigua, limite de mar territorial, en el cual los estados pueden adoptar medidas jurisdiccionales para prevenir infracciones a sus leyes en general, y la zona económica exclusiva, que es de carácter económico, estas se extienden hasta las 200 millas náuticas y son de libre uso y destinación por parte del estado.
5.       otros componentes: el territorio se extiende también a los buques de guerra, las residencias de os jefes de misión diplomática, y estas reglas no aplican para los buques mercantiles, ya que estos al permear en aguas extranjeras, deben someterse a la reglamentación del estado al que entran.


Fuentes:
1.       Teoría constitucional e instituciones políticas Vladimiro naranjo meza editorial TEMIS año 2006

Funciones Del Territorio



Nos dice Burdeau que el territorio cumple unas funciones vitales y especificas para el Estado, las cuales podemos clasificar en tres, en primer lugar tenemos la determinación de un espacio territorial, donde la población se puede reunir, y tomar conciencia de sí mismo, hay que destacar, que grupos sociales como la iglesia católica, no necesitan de un territorio definido, ya que sus fines no son aparentemente políticos, por lo tanto, no persiguen los mismos objetivos de un Estado en sí, pero aun sin un territorio en el cual se asientan los que deciden hacer parte de este, tienen básicamente los mismos sentimientos de unidad que se esperarían de un Estado cualquiera.
Luego hace referencia a que el territorio surge como condición para su independencia (del Estado), para poder ejercer dominio y autoridad, o jurídicamente hablando, lo definiríamos como el  “espacio de competencia”. A este respecto, señala la corte constitucional en la sentencia C-395-02 “[…] El principio de la aplicación territorial de la ley tiene un doble contenido: i) positivo, según el cual los hechos, actos, bienes y personas localizados en un territorio están sometidos a la ley de ese territorio; ii) negativo, según el cual los hechos, actos, bienes y personas no localizados en un territorio no están sometidos a la ley de este territorio.
Dicho principio es expresión de la soberanía del Estado con referencia al elemento territorial o espacial del mismo.[…]”.
Y en tercer lugar una función delimitadora, o medio de acción, por el cual es más fácil dictar una orientación definida a las actividades de la comunidad nacional, si se encuentran en un espacio físico determinado, e imponer la coacción en casos determinados.
Fuentes:
1.       Teoría constitucional e instituciones políticas Vladimiro naranjo meza editorial TEMIS año 2006

Generalidades del Territorio



Según Duguit, el territorio es “el limite material de la acción efectiva de los gobernantes.”
Habiendo abordado ya el tema el poder público, es necesario que entendamos entonces cual es el espacio en el que se desarrolla este y la población, (de la cual hablaremos mas adelante) cuáles son sus limitantes, y cuáles son las excepciones a esas limitaciones.
Es necesario que nos mentalicemos que para la construcción de un verdadero criterio jurídico, con bases y real, es necesaria la exploración de otras ramas del conocimiento científico y filosófico, así que para un completo estudio acerca del territorio, es necesario adentrarnos un poco en las ciencias geográficas, ya que el territorio es el espacio físico en el cual se desenvuelven los otros componentes del estado, denominándolo luego como patria, haciendo referencia entonces ya a un concepto emocional, fundamentado en ser la tierra de nuestros padres (de ahí que una de las formas de obtener la nacionalidad sea por vía sanguínea).
Volvemos entonces a la afirmación que hacia duguit, sobre el alcance territorial del poder delimitado por un estado, y es que si un estado pierde su territorio, por cualquier razón, técnicamente estaríamos hablando de la desaparición del estado en si, ya que no habría un espacio definido donde se asiente la población y un lugar de desarrollo de las directrices del poder publico. Alrededor de todo esto de el poder, los limites y el territorio, se han formado tres teorías
1.       Teoría del Territorio-Sujeto: lo concibe como la propia personalidad del estado, ya que solo en un territorio concreto. Ya que solo en un territorio concreto, autónomo e independiente, este puede expresar su voluntad y hacerla obedecer.
2.       Teoría del Territorio-Objeto: lo considera como una especia de dominio o propiedad del estado.
3.       Teoría del Territorio-Limite: es la circunscripción especial donde se ejerce el poder del estado, el limite de la acción de la autoridad y dentro del cual se asienta su población.
Ya vemos que Duguit se ubicaba entonces en la teoría Territorio-Limite.


Fuentes:
1.       Teoría constitucional e instituciones políticas Vladimiro naranjo meza editorial TEMIS año 2006