El Barón de Montesquieu no se equivocaba al
afirmar que el príncipe “no recibia sino una delegación restringida de
autoridad por parte de sus gobernados, en aras de la utilidad publica, y que un
abuso del poder por parte suya le traía como consecuencia el rompimiento del
convenio que el pueblo le imponía, y ligaba a los sujetos de sus deberes de
obediencia.”
Y es que el contrato social no es un acto de
caridad por parte de los gobernantes, sino que es una responsabilidad y una delegación
de funciones que se construye por parte de la población, sin cuyo
reconocimiento, no hay legitimidad ni estabilidad dentro del estado.
El poder político que es percibido como
legítimo será mayoritariamente obedecido, mientras que el percibido como
ilegítimo será desobedecido, salvo que se obtenga obediencia por medio de la
violencia del Estado.
La legitimidad política se podría entonces
definir desde dos perspectivas: la de quien obedece y la de quien manda.
1. Desde la perspectiva de quien obedece, será legítimo aquel gobierno que
accede al poder (legitimidad de origen) y lo ejerce (legitimidad de ejercicio)
cumpliendo los requisitos que los que obedecen creen que tiene que cumplir para
mandar.
2. Desde la perspectiva de quien manda, será legítimo aquel gobierno que
accede al poder y lo ejerce haciendo ver a los que obedece que cumple los
requisitos para mandar.
Fuentes:
1.
Teoría constitucional e
instituciones políticas Vladimiro naranjo meza editorial TEMIS año 2006
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